Nombradas personal estatutario fijo las personas aspirantes, que se relacionan en el Anexo I de esta resolución con expresión del centro de destino adjudicado, que han superado el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, en la categoría de:
Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Cirugía General y Aparato Digestivo.
Las plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros de destino solicitados por las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición y al orden determinado por la puntuación obtenida en el mismo, y para quienes dentro del plazo fijado no han solicitado plaza, sin perjuicio de lo establecido en la base 11.2 del anexo de las bases generales respecto a las personas aspirantes que participan por la reserva de plazas para personas con discapacidad.
El plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.
Se concede, a fin de no causar indefensión, un plazo de diez días hábiles (del 20 de junio al 3 de julio) a partir del día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a las personas candidatas que se citan en el Anexo II de esta resolución para subsanar la falta de presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de No autorizarla, opta por presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión conociendo que es requisito indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita y que presentará en el acto de toma de posesión. En caso de tener reconocida la condición de discapacidad, que no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones y posee la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la especialidad a la que se opta, teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita y que presentará en el acto de toma de posesión.
Aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido no subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no podrán ser nombrados personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderánlos derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud, de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del Formulario electrónico disponible en la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo correspondiente, seleccionando «Documentación requerida en trámite de audiencia»
Se podrá llevar a cabo la publicación del nombramiento de aquellos que hayan presentado en tiempo y forma la documentación requerida, sin esperar a la presentación de documentación por parte de los nuevos aspirantes que se propongan.
En el caso de existir personas aspirantes que han superado el concurso-oposición que deban perder los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación, los aspirantes que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por la que se publica la relación complementaria de las personas aspirantes lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante Resolución de esta Dirección General de Personal.
En el supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo llamamiento de los aspirantes que ya hayan sido nombrados de conformidad con lo dispuesto en estas bases.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Fuente: SMA