OPE 2013-2015: listas definitivas de aspirantes que han superado el concurso-oposición de varias especialidades FEA, plazas ofertadas y plazo de solicitud de destino

Publicada en el BOJA del 22 de noviembre la Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de las especialidades de Facultativo/a Especialista de Área que se citan, por el sistema de acceso libre, se anuncia la publicación de dichas listas, se indican las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino, por la que se resuelve lo siguiente:

Primero. Aprobar, a propuesta de los Tribunales Calificadores, las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso oposición por el sistema de acceso libre de las siguientes especialidades de Facultativo/a Especialista de Área:

  • Cirugía Cardiovascular.
  • Cirugía Plástica y Reparadora.
  • Medicina Interna.
  • Neurología.

Segundo. Aprobar las listas definitivas de personas aspirantes que no han superado el concurso-oposición, ordenadas alfabéticamente, con indicación de la puntuación consignada por las personas aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo presentado, la puntuación obtenida en la fase de oposición, y la puntuación total obtenida en el concurso oposición. 

Tercero. Aprobar las listas definitivas de personas aspirantes excluidas de la fase de concurso, con indicación de la causa de exclusión. Las causas de exclusión fueron publicadas como anexo a la resolución que aprueba las listas provisionales de personas aspirantes que superan el concurso-oposición de las correspondientes categorías.

Cuarto. Anunciar que las citadas listas definitivas se encontrarán expuestas al público en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud.

Quinto. Aprobar la relación de plazas que se ofertan conforme a la distribución por centros de destino que se indica en el Anexo I de la presente resolución.

Sexto. Aquellas personas aspirantes que han superado el concurso-oposición deberán presentar de forma electrónica, en el plazo de 15 días naturales comenzando el día 27 de noviembre de 2018 hasta el 11 de diciembre de 2018, ambos inclusive, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), la solicitud de Petición de centro de destino. En virtud de lo dispuesto en la base 10.1 de las convocatorias, y al objeto de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, con independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados, especificando para ello los códigos de centros indicados en el anexo.

En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante deberá realizar diversas declaraciones responsables que podrán ser consultadas en la resolución.

Séptimo. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en el punto sexto de la presente Resolución deberá ser presentada de forma electrónica a través de la VEC por alguna de las siguientes vías:

  • – Vía telemática, preferentemente, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la instancia, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
  • – Vía ofimática: Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante un código de usuario y clave de acceso. Una vez cumplimentada el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la instancia, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
  • La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, por alguna de las siguientes vías:
  • – Vía telemática, preferentemente, a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandauzdesalud), accediendo con el certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
  • – Vía ofimática, dirigida a la a la persona titular de la Dirección General de Profesionales (Avenida de la Borbolla, núm. 1, 41004, Sevilla), y presentada en las oficinas de Registro de los Centros Sanitarios y Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud, cuyas direcciones y horarios pueden consultarse en el directorio de la Plataforma de Relación con la Ciudadanía de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una Oficina de Correos se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por personal de Correos antes de certificarse. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Servicio Andaluz de Salud.

Octavo. Finalizado el plazo de presentación de la solicitud de destinos citado en el apartado sexto, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Profesionales en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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