Aprobada, a propuesta de la respectiva Comisión de Valoración, la Resolución Provisional del concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de:
- FEA Medicina Interna
Dicha resolución adjudica provisionalmente las plazas ofertadas, así como las plazas acumuladas tras la aplicación del sistema de resultas, a las personas concursantes admitidas al concurso de traslado, atendiendo a las plazas solicitadas por las mismas y al orden determinado por la puntuación obtenida.
Las listas provisionales de personas concursantes que obtienen destino, se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Consumo, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Las citadas listas se publican por orden alfabético y de puntuación, y las mismas indican la puntuación consignada por las personas aspirantes en el autobaremo de méritos presentado, la puntuación asignada por la Comisión de Valoración en cada uno de los apartados del baremo de méritos y la puntuación total obtenida.
Las personas aspirantes disponen de un plazo de quince días hábiles (del 29 de febrero al 20 de marzo), a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para formular alegaciones contra la misma.
Asimismo, hasta la finalización del plazo para presentar alegaciones contra la resolución provisional del concurso, las personas concursantes podrán desistir de su participación en el mismo. Finalizado dicho plazo no se admitirán desistimientos.
Las alegaciones, así como la solicitud de desistimiento, en su caso, deberán presentarse a través de medios electrónicos, debiendo formularse a través de la VEC, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de alegaciones a los listados provisionales o desistimiento de participación en el concurso de traslado.
Durante el plazo anterior, aquellas personas candidatas que figuran excluidas en el concurso de traslado por falta de acreditación de los requisitos de acceso para la participación en el mismo, deberán, subsanar la falta o aportar junto a la correspondiente alegación, los documentos acreditativos de la concurrencia de dichos requisitos de acceso, indicándoles que, si así no lo hicieran, quedarán definitivamente excluidas del concurso de traslado.
*Fuente: SMA