Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional ha reconocido el derecho de los facultativos con reducción de jornada a que sus salientes de guardia sean considerados de una duración de 7 horas, y no de una duración proporcional a su jornada reducida.
Así, pues, los afiliados con reducción de jornada a los que el SAS compute los salientes en cantidad inferior a 7 horas podrán reclamar ser compensados por vía judicial. La reclamación puede incluir retroactivamente los cuatro años anteriores al momento de su presentación. Para realizarla, los afiliados deben dirigirse a su delegado del Sindicato Médico, que les pondrá en contacto con nuestra asesoría jurídica.
En cualquier caso, nuestra organización seguirá trabajando para que el SAS ponga fin a este agravio sin necesidad de que los afectados tengan que recurrir a acciones judiciales para ver reconocidos sus derechos.