Desde el Sindicato Médico de Sevilla os queremos recordar a todos aquellos que estéis de guardia o turno de trabajo el próximo domingo 2 de diciembre y vayáis a ejercer vuestro derecho al voto antes de incorporaros al trabajo que disponéis de un permiso remunerado para ejercer vuestro derecho al voto, siguiendo las instrucciones publicadas en BOJA:
Cuando la jornada laboral del personal comprendido en el artículo 1 coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios Electorales, éste tendrá derecho a permiso retribuido, dentro de su jornada, en los supuestos y en las condiciones siguientes:
- a) Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas.
- b) Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas.
- c) Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.
- d) Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso.
No olvidéis, pues, solicitar justificante de que habéis acudido a votar en la mesa electoral. En caso contrario, son precisas engorrosas gestiones posteriores en el juzgado para obtener dicho justificante de las horas de permiso.