Los estructurales al 75% harán jornada reducida

Hasta el pasado mes de febrero todos los contratos que se hacian en el SAS eran de eventuales al 75%. La circular S-262 de 14 de junio de 2013 dictaba que el personal eventual con contrato a tiempo parcial realizaría su jornada a 7 horas diarias con descanso de un día a la semana. Así, se respetaba la jornada al 75% impuesta desde la Administración.

Desde el 1 de marzo actual, las plazas estructurales han pasado a tener un contrato al 100% de la jornada. Pero se están dando algunos casos de profesionales que solicitan permanecer al 75% de la jornada, a pesar de tratarse de una plaza dotada al 100%. Se trata, por tanto, de una decisión de carácter personal y voluntario que, en caso de aceptación por el SAS, no lleva implícita la obligación de respetar el descanso de un día a la semana. Eso es lo manifestado por la Administración en la mesa sectorial sin que se trate de una negociación, sino de una mera información.

Es decir, que todo aquel que opte voluntariamente por una jornada al 75% en puestos estructurales tendrán que hacer, si así lo decide la empresa, jornadas de algo más de cinco horas diarias y trabajar todos los días de la semana.

Para aquellos casos de eventuales no estructurales que obligatoriamente siguen al 75% se les debe seguir aplicando la circular S-262 citada y realizar jornadas ordinarias de 7 horas con su correspondiente descanso semanal para no superar su jornada a tiempo parcial.

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