Esto es lo que dice una sentencia del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Granada, que se apoya en otra del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, porque la posibilidad de que un enfermero ocupara la jefatura de una UGC supondría una “infracción de los principios de mérito y capacidad”.
El juez condena en costas al SAS. Existe la posibilidad de recurrir.
https://www.smsevilla.org/archivos/Diario-Medico-26-10-12-Asesoria.pdf