18 de Mayo de 2012

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Editorial

MESA REDONDA SOBRE OBJECIÓN DE CONCIENCIA

14/10/2010 19:30 h · General

El próximo 3 de noviembre (miércoles) a las 8 de la tarde, el Presidente del Sindicato, D. Antonio Gutiérrez será el moderador de la Mesa Redonda que sobre la Objeción de Conciencia organiza el Colegio de Médicos.

El acto, que será presidido por D. Carlos J. González-Vilardell, Presidente del Colegio tendrá como ponentes a:

- D. Javier Pérez-Roldán, abogado y Presidente del Centro Jurídico Tomás Moro

- D. Rogelio Altisent, médico, profesor de Bioética y expresidente de la Comisión Central de Deontología de la OMC.

- D. José Antonio Díez Fernández, abogado y Coordinador General de ANDOC (Asociación para la defensa de la objeción de conciencia).

- D. Santiago Campos, Coordinador de los servicios jurídicos del Colegio.

Tanto las ponencias como el debate posterior servirán para aclarar las dudas que actualmente tenemos los médicos acerca de cómo hacer la objeción, riesgos de hacerla o de no hacerla, conveniencia de estar registrado como objetor, etc.

No te lo pierdas, merecerá la pena.

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LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA

01/10/2010 20:03 h · General

La Ley Orgánica 2/2010, de 5 de julio "de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo", ya, desde su tramitación, ha suscitado infinidad de debates y cierta inquietud entre los médicos, porque, si bien, ofrece seguridad jurídica a los médicos que practiquen abortos, deja a los que  se nieguen a participar en una situación delicada, pues la administración sanitaria da una de cal y otra de arena cuando la prensa les interroga al respecto. ¿Cómo y quién puede ejercer la objeción de conciencia? ¿Sólo el ginecólogo?................... (Ver Editorial)

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LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA

21/09/2010 20:37 h · General

La Ley Orgánica 2/2010, de 5 de julio "de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo", ya, desde su tramitación, ha suscitado infinidad de debates y cierta inquietud entre los médicos, porque, si bien, ofrece seguridad jurídica a los médicos que practiquen abortos, deja a los que  se nieguen a participar en una situación delicada, pues la administración sanitaria da una de cal y otra de arena cuando la prensa les interroga al respecto. ¿Cómo y quién puede ejercer la objeción de conciencia? ¿Sólo el ginecólogo?................... (Ver Editorial)

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LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA

21/09/2010 20:37 h · General

El Código de Ética y Deontología Médica, en su artículo 24, establece derechos para el embrión/feto, igual que para cualquier paciente y las directrices éticas son aplicables a ambos por igual.

No obstante, la publicación de la ley de 1985 que despenalizaba ciertos supuestos de aborto, condujo a que en su artículo 23 se estableciera que el médico, que al amparo de la citada ley, practicara abortos en los referidos supuestos, no podría ser sancionado estatutariamente.

Del mismo modo cabría esperar que el médico que los practique, según la nueva ley, tampoco sea sancionado.

La Ley Orgánica 2/2010, de 5 de julio "de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo", ya, desde su tramitación, ha suscitado 

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LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA

21/09/2010 20:37 h · General

El Código de Ética y Deontología Médica, en su artículo 24, establece derechos para el embrión/feto, igual que para cualquier paciente y las directrices éticas son aplicables a ambos por igual.

No obstante, la publicación de la ley de 1985 que despenalizaba ciertos supuestos de aborto, condujo a que en su artículo 23 se estableciera que el médico, que al amparo de la citada ley, practicara abortos en los referidos supuestos, no podría ser sancionado estatutariamente.

Del mismo modo cabría esperar que el médico que los practique, según la nueva ley, tampoco sea sancionado.

La Ley Orgánica 2/2010, de 5 de julio "de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo", ya, desde su tramitación, ha suscitado 

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